La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) dando cumplimiento a las políticas implementadas por el Ejecutivo Nacional, con el fin de salvaguardar las reservas internacionales del país, continúa prestando un servicio eficiente a través de su portal web www.cadivi.gob.ve para que los ciudadanos que necesiten viajar al extranjero puedan realizar sus solicitudes de manera más rápida y sencilla.
Los usuarios y usuarias que lo necesiten, pueden tramitar las solicitudes de divisas tanto para pagos con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viajes al exterior como para pagos de consumos efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero, adquisición de divisas en efectivo con ocasión de viajes al exterior y adquisición de divisas en efectivo para niños, niñas o adolescentes con ocasión de viajes al exterior ingresando al portal web www.cadivi.gob.ve
A través de este mismo módulo los usuarios deben efectuar la Declaración Jurada de Cierre para el caso de las solicitudes de pagos en divisas con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viajes al exterior y para adquisición de divisas en efectivo, para lo cual tienen un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la fecha indicada en la solicitud para el regreso del viaje.
Aquellos usuarios que hayan efectuado la solicitud de divisas para pagos con tarjeta de crédito en el extranjero con ocasión de viajes al exterior y que posteriormente decidan no viajar, pueden realizar dicha declaración antes de la fecha indicada como regreso del viaje o dentro de los 45 días siguientes.
Si el usuario recibe las divisas en efectivo y no efectúa el viaje, deberá reintegrarlas al Banco Central de Venezuela a través del operador cambiario autorizado para que el sistema le permita realizar la declaración jurada. Dicha declaración la deben efectuar independientemente de que realicen el viaje o no con el fin de cerrar la solicitud de divisas y poder tramitar una nueva posteriormente.